1. Los postulantes deberán ahorrar el 10%
del valor de la vivienda en una cuenta de ahorro programado en una
entidad bancaria y/o movilización de cesantías. La cuenta
de ahorro no se le exigirá antigüedad mínima, pero
a mayor antiguedad tendrá mayores posibilidades de acceder
al SFV.
2. Los ingresos del grupo familiar deben ser iguales
o inferiores a cuatro salarios mínimos legales vigentes
3. Ninguna de las personas que conforman el hogar
pueden ser propietarios de inmuebles alguno, ni haber sido adjudicatario
del I.C.T. así se haya transferido la vivienda.
4. Tener un hogar conformado por los cónyuges,
las uniones maritales de hecho y/o el grupo de personas unidad por
vínculos de parentesco hasta tercer grado de consaguinidad
(padres, abuelos, hijos, nietos, sobrinos, hermanos, tíos),
segundo de afinidad (cuñados, suegros) y primero civil (padres
adoptantes, hijos adoptados), que compartan un mismo espacio habitacional.
5. Ningún integrante del hogar puede haber
recibido subsidio por parte del INURBE, Caja de Compensación
Familiar o tener derecho a solicitar otro subsidio para vivienda (Caja
de Vivienda Militar)
6. La solución de vivienda escogida debe corresponder
a un programa de vivienda de interés social aprobado por el
INURBE o una entidad financiera y su valor no puede exceder los 135
salarios mínimos legales vigentes.
7. Se debe tener pre-estudio de la capacidad de crédito
por parte de una entidad que otorgue préstamos a largo plazo
para vivienda, con indicación del monto del préstamo
al cual podrá acceder el postulante.
En caso de no utilizar financiación se acreditará
la disponibilidad inmediatamente a los recursos para la obtención
de la solución de la vivienda.
ESTOS REQUISITOS DEBERAN SER CUMPLIDOS POR
TODOS LOS MIEMBROS DEL HOGAR POSTULANTE